Cuentas bancarias gratuitas o no, la crisis del Covid-19 ha cambiado muchas cosas y entre otras la gratuidad de las cuentas bancarias ya que muchas han pasado a cobrar comisiones por la apertura y el mantenimiento de la misma.
Los colectivos más vulnerables de nuestra sociedad y las personas que se encuentran en riesgo de exclusión financiera tienen derecho por ley a tener acceso a una cuenta bancaria gratuita. Son las conocidas como cuentas de pago básicas.
Básicamente son cuentas corrientes en las que se garantizan la gratuidad de los servicios como el poder hacer transferencias dentro de la UE, retirar efectivo desde un cajero automático, poder domiciliar los recibos en esta cuenta y tener acceso a una tarjeta gratuita.
Este tipo de cuentas la podrá contratar toda persona que resida legalmente en España y se encuentre en una situación financiera crítica y que cumpla estos requisitos: solamente puede tener derecho sobre la vivienda habitual nunca sobre otro tipo de inmuebles, tampoco sobre sociedades mercantiles y los ingresos percibidos al año por el cliente no pueden superar:
- Los 12.908,06 € cuando se trate de personas no integradas en una unidad familiar.
- Los 16.135,07 € si el solicitante está integrado en una unidad familiar de hasta 3 miembros.
- Los 19.362,09 € si se trata de unidades familiares compuestas por 4 o más miembros.
En ningún caso no se podrá impedir a personas de estos colectivos solicitar la cuenta básica gratuita:
- Ciudadanos que residan legalmente en cualquier país de la UE.
- Solicitantes de asilo.
- Personas sin permiso de residencia (pero que no puedan ser expulsadas).
Para poder contratar la cuenta habrá que acreditar los ingresos mensuales percibidos, el libro de familia y documentos como las tres últimas nóminas, certificado de rentas o subsidios por desempleo. Además habrá que presentar un informe emitido por los servicios sociales municipales que indiquen la composición de la unidad familiar y se explique por qué esa persona es apta para beneficiarse de este tipo de cuentas. En un plazo máximo de 30 días el cliente sabrá si se le ha concedido o denegado esta cuenta gratuita.
La cuenta será gratis durante los dos primeros años, después el cliente tendrá que volver a demostrar que continúa siendo apto para recibir este beneficio.
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