El Fondo de Garantía de Depósitos en España es aquel organismo que en caso de quiebra, suspensión de pagos o impago de depósitos por parte de cualquier entidad bancaria española, garantiza a a los clientes que recuperarán los primeros 100.000 € invertidos por cliente y entidad.
El FGD cubre por entidad y no por cuenta, es decir, nos garantizan los primeros 100.000 € que se tengan en la entidad, por eso lo recomendable es diversificar los ahorros y si tienes más de 100.000 € lo ideal es invertirlos en más diferentes entidades y si se quiere tenerlos en el mismo banco tenerlos a nombre de más de un titular.
¿Cuáles son los productos que cubre el Fondo de Garantía de Depósitos?
- Cuentas corrientes.
- Cuentas de ahorro.
- Depósitos bancarios: tanto los depósitos a plazo fijo como los estructurados y combinados.
- Depósitos de valores, instrumentos garantizados o cuentas de valores.
¿Qué productos no cubre el Fondo de Garantía de Depósitos?
- Depósitos comercializados por entidades de crédito.
- Pagarés, bonos y obligaciones.
- Certificados de depósitos al portador.
- Fondos de inversión.
- Planes de pensiones.
- Inversiones en bolsa.
- Hipotecas.
- Préstamos y créditos.
- Seguros de Ahorro.
Las entidades financieras españolas inscritas en el Registro Especial del Banco de España están obligadas por ley a adherirse al Fondo de Garantía de Depósitos.
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