A pesar de que vivimos una época en la que el Euribor cotiza en niveles históricamente bajos, no todos disfrutamos de ello debido a las famosa “cláusula suelo”. La “cláusula suelo” es una claúsula que determinadas entidades financieras han puesto en las escrituras de las hipotecas para limitar el interés mínimo que pueden alcanzar los préstamos hipotecarios.Con lo cual, si tras aplicar el diferencial al índice de referencia que corresponde resulta un tipo de interés más bajo que el fijado en el contrato como tope, se aplica el tope: el resultado es que el consumidor no se beneficia de bajadas adicionales del índice. Los hipotecados que tienen esta clausula en sus hipotecas les puede interesar realizar una subrogacion hipotecaria que les permita beneficiarse de un tipo de interés más bajo del que les cobra actualmente su banco.
También puede suceder que a pesar de que tu hipoteca no incorpore “cláusula suelo” tenga un diferencial elevado y en tal caso te interese aprovecharte de las ofertas actuales de subrogación hipotecaria para pagar menos por tu hipoteca. Hace no muchos años los diferenciales con los que se cerraban las hipotecas rondaban el Euribor + 1%, y actualmente las mejores ofertas de subrogación hipotecaria son inferiores al Euribor + 0,5%, con lo cual el ahorro que se puede lograr es importante.
La subrogación hipotecaria es preferible a la cancelación y constitución de una nueva hipoteca con mejores condiciones ya que los gastos asumidos en el cambio de hipoteca son mucho menores a cuando tenemos que constituir una nueva hipoteca.
¿Por qué los bancos realizan actualmente?
Existen principalmente dos buenos motivos por el que los bancos realizar atractivas ofertas de subrogación hipotecaria: 1-Mercado inmobiliario prácticamente parado, con lo cual la constitución de nuevas hipotecas se ha reducido drásticamente en los últimos años, y con ello el negocio de los bancos. 2-Las subrogaciones hipotecarias tienen menor riesgo que las nuevas hipotecas. Las subrogaciones hipotecarias son préstamos en los que el importe del mismo no suele sobrepasar el 80% del valor de tasación del inmueble, con lo cual son préstamos con menor riesgo para los bancos que las hipotecas de nueva constitución.Otros Post relacionados con el tema
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