En Noviembre de 2017 el gobierno aprobó la nueva ley hipotecaria aunque no será hasta mediados de este año cuando quedé aprobada completamente. El objetivo es conseguir una mayor transparencia a la hora de firmar un contrato hipotecario y garantizar una mayor seguridad jurídica a la banca. Parece que así mejoran las dos partes, el cliente y el banco.
¿Qué medidas se han aprobado?. Podemos diferenciar dos tipos de medidas, por un lado las que hemos adoptado de Europa y por otro las que nuestro gobierno ha añadido.
Medidas adoptadas de Europa:
- Los bancos no podrán cobrar la comisión que quieran en caso de cancelación anticipada. Se fijan unos límites que no podrán superar en el caso de ser hipoteca variable el 0,5% los primeros 3 años y el 0,25% a partir del 5º año, superados estos plazos no nos podrán cobrar comisión por cancelación anticipada del préstamo. Si la hipoteca es a tipo fijo la comisión por cancelación será del 4% los primeros 10 años y del 3% los siguientes.
- Al contratar un préstamo hipotecario la entidad no nos podrá obligar a vincularnos más con ellos contratando otros productos suyos como seguro de vida, planes de pensiones,…Sí nos pueden recomendar y ofrecer mejores condiciones.
- El cliente podrá solicitar la reconversión de hipotecas en divisas extranjeras a hipotecas en euros, norma hasta ahora no reconocida.
- El personal bancario que nos ofrezca las hipotecas tendrá que estar especializado y dejará de cobrar incentivos por cada préstamo que firme.
- Los intermediarios financieros que operen en más de una Comunidad Autónoma serán supervisados por el Banco de España, si únicamente se opera en una comunidad estará bajo la supervisión del órgano competente en la región.
Medidas aprobadas por el gobierno:
- Antes de firmar un préstamo hipotecario el notario nos confirmará que las condiciones se ajustan a la legalidad, que podemos seguir adelante con el contrato y además nos solucionará todas las dudas que podamos tener. Esta visita no tendrá ningún coste. Esta ley afecta a notarios y registradores que están obligados a informar y supervisar.
- El interés de demora no podrá superar el 9%.
- Será más sencillo pasar de una hipoteca variable a una fija. Ahora si queremos cambiar la hipoteca de banco la comisión de reembolso será del 0,25% sólo durante los tres primeros años.
- Se crea una lista de cláusulas abusivas para mayor información del consumidor.
- Cualquier persona que vaya a acceder a un préstamo hipotecario aunque no tenga nociones de finanzas tendrá que poder entender el contrato que va a firmar, por lo que se creará un modelo tipo de hipoteca que tendrá que ser aprobado por ambas partes, banco y cliente.
- Para que un banco pueda aplicar la cláusula de vencimiento anticipado por el que daba por concluido un contrato por impago del cliente, será necesario el impago de mínimo el 2% del préstamo de la primera mitad del plazo del contrato y en la segunda mitad será del 4%.
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